Familias Ensambladas: padres afines con derechos y deberes

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Nota publicada en la edición impresa de Diario Z , 16/02/2012

El autor del proyecto, Daniel Filmus, explica que los padres preservan la patria potestad sin ningún desmedro.

¿Cómo afecta en la vida cotidiana de las familias que no exista un vínculo legal entre el chico y el padre o madre afín?

De múltiple maneras, la falta de reconocimiento legal genera una desprotección del chico en un montón de aspectos y dificultades en la relación que tiene la pareja. El proyecto surge a partir de tres hechos concretos. Uno es el mío en particular: si querés ir a las reuniones de padres de los hijos de tu pareja necesitás autorización especial, aunque el padre biológico no pueda ir. Uno segundo, más grave, que le ocurrió a un amigo mío. Falleció el hijo y la madre afín no pudo ir a reconocer el cadáver, no estaba el padre acá, la madre biológica no existe. La tercera cuestión fue un artículo que publicó Eva Giberti. Ante el fallecimiento de la madre biológica, una nena fue restituida al padre biológico, que prácticamente desconocía y que había cometido abuso con ella. Al no reconocer el vínculo con la nueva familia, ni con los nuevos hermanos, ni escuchar a la chica, no se dio la posibilidad de mantener la convivencia. En la ciudad hay cerca de un 60 por ciento de familias no tradicionales, aunque no todas son ensambladas. La legislación tiene que adecuarse a las transformaciones sociales.

¿Por qué no hay legislación aún?
Tiene que ver con miradas conservadoras, con creer que si cambia la legislación cambia la familia. Lo mismo que ocurrió con el matrimonio igualitario, pensar que eso iba a incentivar cierto tipo de matrimonios, y no ocurre así. Como dijo Cristina Kirchner, a la otra mañana había gente que tenía más derechos y ella no había perdido ninguno. En este caso pasa lo mismo, hay gente que quiere que sólo se reconozca un cierto tipo de familia que, en realidad, no es la que predomina. Esto ya tuvo media sanción en un momento y volvió para atrás, hubo sectores que hicieron frenar el proyecto. Luego volvimos a presentarlo y ya hubo debates con especialistas de distintas universidades, todos estuvieron de acuerdo. En Diputados se aprobó hace muy poquito la identidad de género, algo mucho más avanzado que esto. Me parece que hoy la discusión va a estar más madura que en 2008.

¿No se afectan derechos de los padres?
Está explícitamente en un artículo que la patria potestad, salvo que el juez decidiera otra cosa, está siempre en el padre o madre biológicos.

¿Qué pasaría en caso de que hubiera un conflicto entre el padre biológico y el padre afín?
Los hay hoy en la convivencia, si el chico está en la casa de la madre probablemente las reglas las fije ella, y si está en la del padre las fijará el padre. No es un problema nuevo, sabemos que incluso en muchos casos se utiliza al chico en medio del conflicto entre los padres. Ese tipo de problemas de comportamiento cotidiano no los resuelve una ley.

¿Un padre biológico se podría oponer?
Lo que estamos abriendo es mayor protección respecto al chico porque le generamos obligaciones al padre afín, por ejemplo el tema de la manutención alimentaria, aun -y es muy importante para las mujeres que no trabajan o dependen económicamente del padre afín- en caso de separación tiene que haber un tiempo donde el padre afín tiene que seguir pasando alimentos, porque así estaba constituida la familia. Para ir a un extremo, el problema de la legislación actual es que aún no existiendo padre biológico, tampoco tiene relación el nuevo padre con el chico, salvo que lo adopte. Puede ser viuda la mujer de la que estamos hablando, o viudo el padre del que estamos hablando, puede estar en el extranjero, estar preso, haber abandonado al chico, pueden pasar muchas cosas y tampoco el padre afín entra a jugar un rol de parentesco.

¿Por qué es de carácter subsidiario la obligación alimentaria?
Porque puede pasar, por ejemplo, que la mujer no lo necesite, o que en la mantención cotidiana no utilice recursos del padre afín porque el padre originario le pase alimentos. En caso de que el padre biológico no existiera y la relación de pareja se estableciera en base a los recursos que está aportando el padre afín, claramente es una situación de dependencia y de violencia en la que la mujer no se puede separar si no tiene esos recursos. No de por vida por supuesto, ni hasta la mayoría de edad, pero sí que el juez disponga un tiempo donde subsidiariamente el padre afín debería atender las necesidades de los chicos.

¿Qué valor tendrá la voluntad de los chicos?
Ahora hay un límite de edad para considerarla, la idea de esta normativa es que los chicos sean plenamente escuchados.

En el proyecto se distinguen situaciones trascendentales en la vida del chico sobre las que el padre o madre afín no tendrán decisión ¿Cuáles son?
Son las vinculadas a la patria potestad, casamiento, salidas del país, etc. Eso queda claramente estipulado, la patria potestad no está en juego. Vuelvo a la cuestión fundamental. Es un caso muy común que el padre abandone al chico, la madre forme una nueva pareja lejos de donde está el padre biológico, el chico viva con nuevos hermanos y fallezca la madre. El chico ya constituyó una familia con el padre afín, desconoce al padre biológico y quiere quedarse con sus hermanos. ¿Quién decide? Decide el juez, lo que decimos en el proyecto es que el juez tiene que escuchar a los chicos.

¿Qué proporción de familias ensambladas hay en la ciudad en relación a otros lugares del país?
Es mucho más alto, aunque no es un tema exclusivo de la ciudad. Tampoco es sólo de clases medias urbanas, en los barrios humildes ocurre en tanta proporción como en los sectores medios. Cruza todo el país. También, por ejemplo, el tema de familias monoparentales se da en todos los sectores sociales. La norma se llama norma protectora de los chicos, en eso es en lo que piensa fundamentalmente. Muchas veces en la resolución de los temas familiares pesa más la conveniencia o necesidad de los padres, lo que está pensado acá es que el primer sujeto de derecho sea el chico.

Familias ensambladas: una ley para los tuyos, los míos y los nuestros